AUTOR
Diego Palomo Vélez
PUBLICADO EN
Revista Ius Et Praxis, año 19, nº 2, 2013, pp. 447 – 464.
DISPONIBLE EN
http://www.scielo.cl/pdf/iusetp/v19n2/art15.pdf
RESUMEN
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PALABRAS CLAVES
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PRINCIPALES IDEAS A CONSIDERAR
- 1698 como criterio válido, razonable y general para distribuir la carga de la prueba de forma objetiva (ver pp.454-455)
- Críticas al PNCPC que plantea de modificación judicial de la carga probatoria (ver pp.455-459)
- Propuesta que el legislador debiera hacerse cargo de regular mejor manera la consecuencia procesal perjudicial para los intereses de la parte que no aporte una prueba (ver pp.462-464)
PREGUNTAS QUE ORIENTAN LA LECTURA
- ¿Qué caracteriza la carga de la prueba regulada en el Código Civil art. 1698?
- ¿Qué propuesta de modificación judicial de la carga de la prueba plantea el proyecto?
- A juicio del autor ¿de qué problemas debiese hacerse cargo el legislador para regular la actividad probatoria?
USOS EN CURSO DE DERECHO PROBATORIO
- Hechos y medios de prueba: -Carga de la prueba (precisiones conceptuales).
- Hechos y medios de prueba: -Carga de la prueba (en detalle).
ÍNDICE ANALÍTICO
- Carga de la prueba (onus probandi): pp.452-464
- Modelos procesales: pp.447-451